El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a la exalcaldesa socialista de Ronda, Teresa Valdenebro, del delito de falsedad por imprudencia grave por el que había sido condenada por la Audiencia Provincial de Málaga en el denominado ‘caso boda’. La resolución supone un giro sustancial en la causa y un serio revés político para el Partido Popular de Ronda, que se personó como acusación particular y llegó a solicitar hasta tres años de prisión para la exregidora.
La Audiencia de Málaga había condenado en noviembre de 2024 a Valdenebro a siete meses de suspensión de cargo público y al pago de una multa de algo más de 2.000 euros al considerar que incurrió en imprudencia grave al firmar un acta matrimonial con una fecha alterada. Sin embargo, el TSJA ha estimado su recurso de apelación al concluir que su conducta no encaja en el tipo penal exigido.
Los hechos: un cambio de fecha para obtener un permiso retribuido
La causa se remonta al 17 de junio de 2017, cuando se celebró la boda civil de Laura Jiménez, hija del entonces concejal socialista José María Jiménez. Días antes del enlace, la contrayente —enfermera— recibió una oferta de trabajo en el Hospital de la Serranía de Ronda con incorporación prevista para el 21 de junio.
Según recoge la sentencia, el concejal solicitó que la boda pasara a celebrarse el día 21. Esa petición provocó que desde el Servicio de Atención al Ciudadano se modificaran documentos en la creencia de que la ceremonia tendría lugar ese miércoles. Sin embargo, el enlace se celebró finalmente el día 17 en la Finca Rural Huerta del Tajo y fue oficiado por la entonces alcaldesa. En el acta matrimonial figuró como fecha el 21 de junio, lo que permitió a la novia disfrutar de un permiso de matrimonio retribuido coincidiendo con su incorporación laboral.
Por estos hechos, la Audiencia condenó al exconcejal y a su hija a dos años de prisión, inhabilitación para el sufragio pasivo durante ese periodo y multa económica por delitos de falsedad en documento oficial y estafa, con la atenuante de dilaciones indebidas. El TSJA mantiene íntegramente estas condenas.
La clave: ausencia de imprudencia grave
El núcleo de la absolución de Valdenebro radica en el análisis de su papel como fedataria pública. El TSJA subraya que la tramitación del expediente correspondía íntegramente a los funcionarios municipales, “sin intervención alguna” de la alcaldesa en los pasos previos.
La Sala destaca que Valdenebro actuó confiando en la profesionalidad del personal encargado, algo inherente al funcionamiento ordinario de la administración. Además, la boda se celebró fuera del Ayuntamiento, por lo que al acto solo se trasladó una copia del acta para su firma, no el expediente completo, circunstancia que —según el tribunal— impidió un conocimiento pleno y concluyente de la alteración.
Con estos argumentos, el TSJA concluye que no puede atribuirse a la exalcaldesa una imprudencia grave y acuerda su absolución, declarando de oficio las costas en lo relativo a su caso.
Revés político al PP de Ronda
La decisión judicial supone también un fuerte correctivo político para el Partido Popular rondeño, que se personó en la causa con una estrategia de máxima dureza contra la exregidora socialista.
El PP ejerció la acusación particular no solo contra el exconcejal y su hija, sino también contra Valdenebro, a la que acusó de falsedad en documento público y, alternativamente, de falsedad por imprudencia grave. Su letrado solicitó para ella hasta tres años de prisión y multa, una petición muy superior a la condena finalmente impuesta por la Audiencia y ahora revocada por el TSJA.
Aunque se barajó la posibilidad de un acuerdo entre las partes para rebajar la acusación a seis meses de prisión, suspensión de empleo y multa, la acusación impulsada porel Partido Popular mantuvo una posición especialmente beligerante. obviamente, buscando un rédito político que ahora se le vuelve en contra en función de la revocación judicial.
La absolución de la exalcaldesa deja sin sustento penal la tesis sostenida por el PP respecto a su actuación y cierra un proceso que fue utilizado como un frentes de confrontación política en Ronda, alcalnzado niveles de rencor personal.


